A todo el personal del Instituto Nacional de Rehabilitación Luis Guillermo Ibarra Ibarra, se le hace de su conocimiento la siguiente información:

El Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, refiere en su Objetivo 2, Estrategia 2.4., Línea de Acción 2.4.1., la necesidad de reforzar las políticas de prevención de violaciones de derechos humanos como una condición para disminuirlas, a través de la promoción de una cultura de denuncia en contra de servidores públicos que vulneren derechos humanos y fortalecimiento de los mecanismos internos de control y sanción de la Administración Pública Federal relacionados con derechos humanos.

El artículo 1o., párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

En línea con lo anterior, se realiza la difusión de la normatividad citada, relativa a Derechos Humanos, como refuerzo de las políticas de prevención de violaciones de esta materia, como una condición para disminuirlas, a través de la promoción de una cultura de denuncia en contra de servidores públicos que vulneren derechos humanos y el fortalecimiento de los mecanismos internos de control y sanción de la Administración Pública Federal, relacionados con estos derechos.

ATENTAMENTE:

Organo Interno de Control en el INR LGII